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Flexibilidad y mercados

Ofertas con tarificación dinámica: el régimen transitorio se prorroga hasta el 30 de junio de 2027

La CRE anunció el 19 de junio de 2026 la prórroga del dispositivo aplicable a los comercializadores con más de 200.000 clientes, a la espera de una resolución antes de octubre de 2026.

La Comisión de Regulación de la Energía prorrogó el 19 de junio de 2026 hasta el 30 de junio de 2027 el régimen transitorio de aplicación de la obligación de ofrecer una oferta con tarificación dinámica.

Esta obligación deriva de la transposición al derecho francés de la directiva europea de 5 de junio de 2019 sobre las normas comunes del mercado interior de la electricidad, que obliga a los mayores comercializadores a ofrecer al menos una oferta con tarificación dinámica.

Las modalidades de consideración de las variaciones de los precios de mercado habían sido definidas por la CRE en su resolución de 20 de mayo de 2021. En el contexto de crisis de los precios mayoristas, la resolución de 27 de julio de 2022 estableció un régimen transitorio que flexibilizaba dichas modalidades.

Tras una consulta pública iniciada el 22 de enero de 2026, la CRE detectó la necesidad de modificar esas modalidades. Como quedan trabajos complementarios por realizar, resolverá antes de octubre de 2026.

Mientras tanto, se mantiene la ampliación transitoria: los comercializadores con más de 200.000 puntos de suministro pueden cumplir la obligación mediante ofertas de mercado que incentiven económicamente a los consumidores, en respuesta a una señal de corto plazo, a deslastrar o desplazar su consumo.

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Fuente: CRE

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